La Audiencia Provincial de La Rioja ha estimado la demanda de una comunidad de propietarios de Logroño y acuerda el lanzamiento inmediato del hijo de la propietaria de un chalet por realizar actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas para el resto de vecinos de la urbanización. Asimismo, el tribunal le prohíbe el uso de la vivienda durante un año.

La sentencia de instancia consideró probadas las molestias causadas por el demandado como la existencia de ruidos, música alta a cualquier hora, conflictos en los que ha tenido que intervenir la policía y la tenencia de perros en malas condiciones de salubridad, además de los insultos y amenazas reiteradas a los vecinos. Todos estos episodios han sido recogidos en las actas de la comunidad.

Los magistrados concluyen que los razonamientos de la sentencia son acertados, pues en sus fundamentos jurídicos señalan que no consta que la madre realizase ninguna actuación que tanto le concernía y perjudicaba al resto de comuneros. “Lo que hizo fue limitarse a negar el problema a su patente gravedad”, ratifican.

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