La Sección Segunda de la Audiencia de Bizkaia ha condenado a 4 años de cárcel a un entrenador de un equipo de fútbol femenino vizcaíno por abusar sexualmente en 2022 de una menor de 14 años a la que entrenaba.

Según los hechos declarados probados, en la tarde del 14 de junio de 2022 el acusado buscó un encuentro con la menor fuera del entrenamiento en el que con el pretexto de corregir la postura de esta al correr se situó a su espalda, “echó sus brazos hacia atrás, aproximándose a ella hasta tocar y comprimir su pene erecto contra el culo” de esta.

El suceso tuvo lugar después de que el acusado enviara el día anterior varios mensajes a la menor emplazándola a que le avisara si salía a correr por la calle para que le enseñara a hacerlo bien porque, según él, no lo hacía con la postura adecuada.

El tribunal considera de la prueba practicada durante la vista oral que el “acusado buscó el encuentro” con ella y que la “corrección de la postura no fue sino la excusa” para “acercarse al cuerpo de la menor” y “llevar a cabo el acto sexual denunciado”.

La Audiencia de Bizkaia destaca la concreción de la declaración de la víctima, la ausencia de contradicciones y rechaza la existencia de los posibles móviles espurios alegados por la defensa de que la denuncia se debió al “resentimiento de que el acusado le llamara la atención por su forma de correr, lo que podía influir en que jugara en el equipo”.

Afirma que “otorgar esa previsión y malicia a una menor de 14 años que contó a su madre los hechos de forma inmediata y formuló denuncia dos días después, tras considerarlo en familia, no resulta razonable”.

Añade que, aunque la menor precisara instrucción para correr adecuadamente, para llevar a cabo dicha corrección “no hace falta contactar con el cuerpo de otra persona”.

El tribunal considera que los hechos probados son legalmente constitutivos de un delito de abuso sexual sobre menor de 16 años cometido con prevalimiento en relación con la situación de superioridad sobre la víctima que deriva en dos aspectos: “uno, relativo a su condición de entrenador de fútbol en el que iba a jugar en el siguiente curso la menor, lo que hacía difícil que ésta rehusara a recibir indicaciones sobre la forma de correr” y el otro por la diferencia de edad, estatura y complexión del acusado.

Además de la pena de 4 años de prisión y de la inhabilitación para ser entrenador de fútbol escolar durante 9 años, el tribunal impone una medida de libertad vigilada durante 5 años tras salir de la cárcel consistente en participar en programas de educación sexual.

Asimismo, prohíbe al encausado comunicarse o acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante 6 años y fija que abone a esta una indemnización de 5.000 euros.

Esta sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Condena anterior

El pasado marzo, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia condenó a esta misma persona a 10 años de prisión por agredir sexualmente a dos jóvenes, una con una discapacidad psíquica y otra menor de edad, en unos hechos ocurridos en 2015 y 2017.

Esos sucesos fueron juzgados precisamente después de que el acusado fuera detenido en 2022 en relación con este último caso de abuso sexual, se tomaran muestras del ADN y se comprobara que el perfil era coincidente.

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