La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional de la causa del ‘caso Malinche’, al entender los magistrados que los investigados, a los que se les estima parcialmente el recurso, “no han tratado de introducir a los ciudadanos mexicanos de forma clandestina con una presunta entrada como turistas con la intención de permanecer en España con infracción de las normas de extranjería, sino siguiendo un procedimiento no poco común consistente en entrar como turista sin necesidad de visado y, una vez en nuestro país, solicitar el visado para estudiantes, práctica asumida por la normativa de la Unión Europea”.

En la misma línea, la Sala establece que “no se trata de falsear su entrada en España para una permanencia ilegal, pues el propósito era conseguir el permiso necesario que, si bien fue denegado, la razón no fue por dicha entrada. El procedimiento puede ser o no el adecuado –abundan los magistrados- pero no llega a integrar la gravedad del tipo penal del artículo 318 bis”, que castiga el tráfico ilegal de personas.

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