El Juzgado de lo Penal número 5 de Bilbao ha impuesto una pena de dos años y tres meses de prisión por un delito continuado de estafa al acusado de la muerte de varios varones en Bizkaia y condenado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por un intento de asesinato.

El citado juzgado considera que ha quedado acreditado que el acusado, “con ánimo de enriquecimiento ilícito” y de “forma fraudulenta”, hizo uso entre el 16 y el 18 de septiembre de 2021 de la tarjeta de crédito de un hombre fallecido unos días antes con la que llevó a cabo extracciones de dinero, pagos y compras por 6.305,16 euros, sin que “conste cómo se hizo” con esa tarjeta.

El juzgado estima en la sentencia que “no ha quedado suficientemente acreditado” que el acusado conociera previamente al titular de la tarjeta.

“No es suficiente para tener esa certeza que exige una condena penal” que el hermano del fallecido manifieste en su declaración en el juicio “que cree que su hermano y el acusado tuvieran una relación, que pudieran conocerse por las webs de contactos (…) y que además, hubiera sido esta supuesta relación la que hubiera propiciado el que el acusado se hiciera con la tarjeta”, mantiene el juzgado, que rechaza asimismo que la acusación particular haya querido mantener la acusación por el delito de robo con violencia en casa habitada, cuando ese delito ya fue excluido del procedimiento.

En la sentencia se recuerda que el acusado en su declaración en la vista oral reconoció haber utilizado la tarjeta del fallecido, al que dijo no conocer, y que las extracciones de dinero y los pagos, llevados a cabo tanto en Bilbao como en Murcia, fueron corroborados por informe de la Ertzaintza.

El juzgado aprecia la agravante de reincidencia, al tener el acusado una sentencia firme de seis meses de prisión por estafa, y rechaza la agravante de comisión del delito por motivos de orientación o identidad sexual.

”No consta probado que el acusado conociera al titular de la tarjeta lo que descarta que la motivación determinante que impulsó (…) a cometer el delito fuese la orientación sexual del titular de la tarjeta”, se afirma en la sentencia.

Además de la pena de cárcel, el juzgado fija que el acusado indemnice al hermano del fallecido con 6.305,16 euros por los perjuicios ocasionados.

Esta sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

Este hombre fue condenado por la Audiencia de Bizkaia a 7 años y medio de cárcel por un delito de intento de homicidio. Esa resolución fue recurrida al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que estimó parcialmente el recurso interpuesto por Gehitu, Asociación de gais, lesbianas, bisexuales, trans e intersexuales del País Vasco, y elevó a 10 años de cárcel la pena impuesta al apreciar la agravante de alevosía y considerar al acusado autor de un delito de tentativa de asesinato.

Además, este hombre tiene pendientes tres juicios con tribunal del jurado por su presunta relación con la muerte de otros tantos varones en Bilbao.  

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