La Audiencia Provincial de Las Palmas ha impuesto una condena global de 12 años y 10 meses de cárcel por homicidio y profanación de cadáver a un vecino del municipio grancanario de Gáldar, natural de Sevilla, que en octubre de 2020 mató a la que era su pareja sentimental y prendió fuego a su cadáver. La sentencia, dimanante del veredicto de culpabilidad emitido por un tribunal popular, aprecia en la acción criminal la agravante de parentesco y la atenuante de confesión.

La sentencia, notificada en pasados días por la Sección Segunda de la Audiencia de Las Palmas, declara probado que el acusado conoció a la hoy fallecida en octubre de 2020, en el término municipal de Gáldar. A los pocos días comenzó a interesarse por ella, “escribiendo notas de amor y mostrando voluntad en formalizar una relación de afectividad hasta el punto de que, a principios del mes de diciembre de 2020, aceptando esta proposición”, la mujer le invitó a su vivienda, relata el fallo, una especie de infravivienda/chabola situada en un descampado próximo al Paseo de Los Guanartemes del municipio mencionado.

En la tarde/noche del día 25 de diciembre de 2020, sigue la resolución, después de producirse una discusión en el interior del espacio en que ambos pernoctaban, movido el acusado por  la intención de acabar con la vida de su pareja, o al menos representándose dicho resultado, “le causó la muerte en forma que no consta, pero en ningún caso fue accidental”.

A continuación, para evitar ser descubierto y que se pudiera identificar el cadáver y determinar la causa de la muerte de la víctima, “sin importarle la falta de respeto que ello suponía para el cuerpo sin vida de esta última” el autor del crimen procedió a tirar en una zanja abierta a escasos metros de la infravivienda, algunas de las pertenencias de la fallecida, incluido elementos como el colchón en el que dormía, ropa, zapatos, personal y, “finalmente, por arrastre por el suelo, el cadáver de la víctima”.

Acto seguido, prendió fuego a estos elementos, comenzando una combustión cuyo alcance por intensidad y horas de duración pulverizó gran parte de los materiales allí arrojados que, una vez se procedió a su limpieza e investigación, permitió hallar vestigios humanos en forma de restos óseos sin que por las razones antedichas se haya podido obtener la presencia de ADN que facilitara su identificación. No obstante, expone el fallo, sí se encontró documentación personal diversa de la víctima como el permiso de conducir, tarjetas sanitarias, bancarias y otras de las que era titular que el acusado había tirado a la zanja con posterioridad a quemar el cadáver de la víctima.

Actuando con la finalidad de no ser descubierto, el ahora condenado  ideó un plan de huida, viajó en un barco de línea regular desde la isla de Gran Canaria a Lanzarote el día 27 de diciembre de 2020, lugar en el que, después de tener conocimiento de que se presentaría una denuncia por la desaparición de la fallecida, el día 30 de diciembre de 2020, acudió a una comisaría de Policía Nacional y manifestó: «Quiero entregarme por ser el autor de la muerte de mi mujer en Gáldar días atrás, he tenido una discusión con ella y la he golpeado».

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