El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha rechazado las peticiones de nulidad planteadas por la Fiscalía y varios investigados en el marco de la ‘pieza Kitchen’ aunque el magistrado sí rectifica el auto de apertura de juicio por contener un error al incluir delitos de secuestro y organización criminal que no se pueden investigar en el procedimiento abreviado sino en el sumario. Por tanto, el magistrado acuerda excluir estos tipos penales.
En su auto, el juez explica que en sus escritos de acusación el extesorero del PP y su mujer Rosalía I., así como Podemos incluyeron respectivamente los delitos de secuestro y organización criminal, que el juez admitió en su auto de apertura de juicio oral.
El magistrado da la razón a la Fiscalía, que planteó en su recurso que estos delitos, en abstracto, contemplan penas superiores a los nueve años de prisión que es el tope para los tipos penales que se pueden investigar en el marco del procedimiento abreviado, como se ha tramitado esta pieza.
García Castellón entiende que en este caso no procede la nulidad de la resolución mencionada, sino una rectificación conforme al artículo 267 LOPJ, al “apreciar un error manifiesto puesto que se acoge la posibilidad de abrir juicio oral por una calificación incompatible con el cauce procesal por el que se sustancia el procedimiento”.
El magistrado emplaza a las partes a plantear la cuestión de la nulidad, una vez superada la fase de instrucción, en el inicio del acto de juicio oral.
Del mismo modo, el juez rechaza las nulidades planteadas por los abogados de los investigados Enrique G.C., Bonifacio D.S., José Ángel F.G. y Francisco M.
En esta pieza del denominado ‘caso Tándem’ se ha investigado el operativo policial puesto en marcha supuestamente con el objetivo de sustraer al tesorero del PP Luis B. material relacionado con la investigación judicial del caso Gürtel.
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